El paciente cipoleño solicitó el dispositivo al Hospital en mayo del 2023. Tras más un año de espera impulsó el reclamo.
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó un recurso de apelación presentado por la apoderada de la Provincia, que buscaba ampliar el plazo para la provisión de un marcapasos a un ciudadano de la localidad de Cipolletti. La resolución había sido dictada por el juez Jorge Benatti, quien ordenó al Hospital y al Ministerio de Salud provincial entregar el dispositivo dentro de un plazo de cinco días, bajo apercibimiento de remitir las actuaciones a la Justicia Penal y aplicar multas diarias.
El conflicto surgió cuando el ciudadano afectado, quien padece disnea progresiva y bloqueo AV completo, solicitó el dispositivo al hospital en mayo de 2023. Tras más de un año de espera y con un reclamo iniciado en la Defensoría del Pueblo, el juez Benatti falló a favor del amparo presentado, argumentando que la falta de provisión del insumo comprometía gravemente el derecho a la salud del paciente.
El recurso de apelación interpuesto por la Provincia el 01 de julio de 2024, solicitó extender el plazo de cumplimiento a 15 días hábiles, argumentando que el tiempo originalmente otorgado resultaba insuficiente e inviable. La apoderada provincial señaló que la Orden de Compra inicial no se había materializado debido a la falta de cumplimiento por parte del proveedor, lo que obligó a reiniciar el proceso de contratación.
El paciente deberá recibir un marcapasos en los próximos días.
Sin embargo, el Superior Tribunal consideró que los argumentos presentados por la Provincia no eran suficientes para justificar la ampliación del plazo. El tribunal destacó que, a pesar del tiempo transcurrido desde la emisión de la Orden de Compra, la provincia no pudo acreditar esfuerzos suficientes para superar los obstáculos en la entrega del marcapasos. Además, no se demostró que se hubiera iniciado un nuevo procedimiento de adquisición ni se presentaron evidencias del estado actual de dicha gestión.
El tribunal también subrayó que, aunque en otros casos se ha considerado razonable ampliar el plazo de cumplimiento de fallos judiciales a 15 días hábiles, esta extensión no debe aplicarse de manera automática. Para ello, es necesario demostrar de manera fehaciente las gestiones realizadas para cumplir con la obligación, lo cual no se verificó en esta ocasión.
Por estas razones, el Superior Tribunal decidió mantener la sentencia original que obliga a la Provincia a proveer el marcapasos en un plazo de cinco días.
Reclamos en la Justicia
Tal como se informó días atrás una jueza resolvió a favor de un ciudadano que había presentado un recurso de amparo contra el Ministerio de Salud de la provincia y el Hospital de Cipolletti, debido a la demora en la realización de una cirugía de biopsia en su tobillo izquierdo. El paciente, diagnosticado con osteomielitis crónica, presentó la acción judicial luego de múltiples postergaciones de la intervención, lo que lo llevó a un estado de deterioro en su salud y movilidad.
Francisco Sánchez Valassina
La magistrada consideró que la falta de respuesta por parte del Ministerio de Salud y el Hospital de Cipolletti ante las reiteradas solicitudes del paciente, constituye una violación al derecho a la salud y a la vida digna. El ciudadano, que se desplaza con muletas y toma analgésicos fuertes para aliviar el dolor, había estado esperando una fecha para la cirugía desde julio de 2024, sin recibir una respuesta clara.
Según los informes del caso, la médica tratante solicitó una evaluación urgente por parte del área de traumatología, y posteriormente, la necesidad de una biopsia fue confirmada. Sin embargo, a pesar de la urgencia del caso, la intervención quirúrgica fue pospuesta en repetidas ocasiones, argumentando que se estaban realizando cirugías de pacientes en condiciones más graves.