Neuquén AR

Los jueces del caso Planes Sociales explican su fallo y responden críticas por la ausencia de asociación ilícita

Los magistrados defendieron el criterio técnico del veredicto, destacaron la independencia judicial y revelaron detalles del proceso deliberativo.

Por primera vez desde que dictaron las condenas en el megajuicio por la estafa con planes sociales, los jueces Juan Kees, Luciano Hermosilla y Juan Guaita hablaron públicamente sobre el fallo que fijó penas de prisión efectiva para ocho imputados y en suspenso para otros cuatro. En una entrevista con un reducido grupo de periodistas, analizaron las críticas recibidas, explicaron por qué descartaron la figura de asociación ilícita y respondieron a la opinión del gobernador Rolando Figueroa, quien había manifestado su desacuerdo con ese punto central del veredicto.

El tribunal anunció las condenas este jueves, en lo que fue la etapa final del juicio más extenso desde la implementación del sistema acusatorio en Neuquén. La fiscalía, a cargo de Juan Narváez y con acompañamiento de la fiscalía de Estado, había solicitado la aplicación de asociación ilícita, al igual que las querellas. Pero los jueces consideraron que la prueba no alcanzaba para acreditar los requisitos legales de esa figura. Kees, al ser consultado, sostuvo que “las críticas se reciben con agrado” y afirmó que decisiones de esta complejidad “siempre dejan disconforme a alguna de las partes”.

Por qué descartaron la asociación ilícita y cómo fue el debate interno

Kees explicó que, desde la perspectiva técnica, el caso no cumplía los elementos jurídicos que exige el delito de asociación ilícita. “Parece contraintuitivo decir que había una organización grande coordinada para cometer delitos y que eso no es una asociación ilícita. Para quien no litiga en el proceso penal, puede sonar extraño. Pero nuestras decisiones se revisan en instancias superiores. No es un tema personal, es una conclusión técnica”, señaló. El juez Guaita añadió que el tribunal dedicó “muchas horas de deliberación” para analizar el funcionamiento interno del grupo investigado. En ese marco, sostuvo que la sentencia fue consensuada y que se ajustó estrictamente a la prueba presentada por la fiscalía y a la jurisprudencia vigente.

El juez Hermosilla remarcó que el sistema acusatorio permitió desarrollar un juicio continuo, con audiencias diarias durante 30 días. A su criterio, esa dinámica garantizó celeridad y una valoración probatoria más ordenada, algo impensado bajo el modelo anterior. Consultado sobre si modificaría la modalidad de trabajo, respondió que repetiría el esquema: “Es mucha información y mucho esfuerzo, pero es lo que corresponde para dar una respuesta en tiempo razonable”.

Independencia judicial y cambios en el Poder Judicial neuquino

Ante la pregunta sobre presiones externas, los tres magistrados negaron cualquier injerencia y resaltaron la importancia del Consejo de la Magistratura en la selección de jueces independientes. Kees comparó este proceso con el caso Temux —que tardó once años en llegar a debate— y señaló que el nuevo Código Procesal Penal y la integración plural del Consejo permitieron un funcionamiento más eficiente y menos permeable a la política partidaria. Hermosilla aclaró que no se consideran una “renovación aislada”, pero valoró el aporte generacional dentro de un sistema que hoy habilita fallos más rápidos y decisiones con mayor sustento probatorio.

Las penas y las medidas accesorias establecidas por el Tribunal

El veredicto estableció penas de prisión efectiva para Ricardo Soiza, Tomás Siegenthaler y Orlando Abel Di Luca (5 años); Néstor Pablo Sánz (4 años y 6 meses); Marcos Osuna (4 años); y Julieta Oviedo, Luis María Gallo y Alfredo Cury (3 años y 6 meses). En tanto, Laura Reznik, Isabel Montoya, Valeria Honorio y Emmanuel Victoria Contreras recibieron 3 años de prisión en suspenso. Todos fueron inhabilitados de manera perpetua para ocupar cargos públicos.

El Tribunal rechazó además el pedido de decomiso de bienes de algunos imputados y ordenó que, una vez que la sentencia quede firme, se levanten los embargos e inhibiciones sobre todos los bienes. Mientras defensas y fiscalía preparan sus impugnaciones, la sentencia marca un hito en la historia judicial de Neuquén no solo por su extensión y trascendencia política, sino también por la decisión de los jueces de abrir el debate sobre su propio rol en causas de alto impacto público.

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