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Neuquén AR

La Corte Suprema revisará las condenas por la tragedia de Aguada San Roque

El Tribunal Superior de Justicia de Neuquén habilitó los recursos extraordinarios presentados por cuatro condenados por la explosión de la Escuela N° 144. Ahora será la Corte Suprema de Justicia de la Nación la que decida si confirma las sentencias o dispone una nueva revisión del caso.

La causa judicial por la explosión de la Escuela N° 144 de Aguada San Roque, que en junio de 2021 provocó la muerte de la docente Mónica Jara, el gasista Nicolás Francés y el ayudante Mariano Spinedi, tendrá un nuevo capítulo en la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Neuquén declaró admisibles los recursos extraordinarios federales presentados por cuatro de los condenados, habilitando así la intervención del máximo tribunal del país.

La decisión alcanza al arquitecto Diego Bulgheroni, al ingeniero Sergio Percat y a los maestros mayores de obra Raúl Capdevilla y Carlos Córdoba, quienes fueron condenados por las irregularidades detectadas en la obra de refacción que se ejecutaba en el establecimiento educativo al momento de la tragedia.

Una explosión que conmocionó a Neuquén

El 29 de junio de 2021 una fuga de gas provocó una explosión seguida de un incendio en la Escuela N° 144 de Aguada San Roque.

El hecho ocurrió mientras el edificio continuaba en obra pese a que las clases presenciales ya se habían reanudado durante la pandemia. Según quedó acreditado en el juicio, el sector donde ocurrió la explosión todavía no había sido entregado formalmente por la empresa contratista a las autoridades educativas.

Como consecuencia del estallido fallecieron el gasista Nicolás Francés, su sobrino y ayudante Mariano Spinedi y la docente Mónica Jara, quien se encontraba en el establecimiento.

Las condenas dictadas por la Justicia neuquina

Entre 2024 y 2025, los cuatro acusados fueron condenados por el delito de estrago culposo agravado por el resultado muerte, en concurso con administración fraudulenta en perjuicio del Estado provincial.

Además, Sergio Percat fue condenado por falsificación ideológica de documento público.

Percat recibió una pena de cinco años de prisión efectiva, inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos y diez años de inhabilitación profesional como ingeniero.

Bulgheroni fue condenado a cuatro años y seis meses de prisión e inhabilitado durante ocho años para ejercer como arquitecto.

En tanto, Capdevilla y Córdoba recibieron penas de cuatro años de prisión, junto con la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos y ocho años de inhabilitación profesional como maestros mayores de obra.

Todas esas condenas ya habían sido confirmadas tanto por el Tribunal de Impugnación como por el propio Tribunal Superior de Justicia de Neuquén.

Qué cuestionan las defensas

Los abogados defensores sostienen que durante el proceso se vulneró el derecho de los acusados a una revisión integral de la sentencia y cuestionan que las condenas incluyeran aspectos que, según afirman, no formaban parte de la acusación original.

En el caso de Capdevilla y Córdoba, las defensas sostienen que el fallo les atribuyó conocimiento sobre la falsedad de un certificado de obra que nunca había sido incorporado como parte de la acusación inicial.

Percat insiste en que la responsabilidad de la explosión correspondió exclusivamente al gasista fallecido y sostiene que no quedó acreditado el vínculo causal entre su actuación profesional y la tragedia.

Bulgheroni, por su parte, cuestiona la valoración de distintas pruebas incorporadas durante el juicio, la interpretación del certificado de avance de obra y la proporcionalidad de la pena de inhabilitación profesional que recibió.

Qué puede resolver la Corte Suprema

El Tribunal Superior aclaró que admitir los recursos extraordinarios no implica pronunciarse sobre la validez de las condenas, sino únicamente considerar que los planteos reúnen la relevancia suficiente para ser analizados por la Corte Suprema.

Ahora será el máximo tribunal del país el que decida si confirma las sentencias dictadas por la Justicia neuquina o, por el contrario, hace lugar a alguno de los planteos de las defensas.

En caso de considerar que existieron irregularidades durante el proceso, la Corte podría ordenar que el expediente regrese a Neuquén para que un nuevo tribunal dicte otra resolución sobre el caso.

Durante esta instancia, el fiscal general José Gerez había solicitado rechazar los recursos extraordinarios al considerar que las defensas no cumplían con los requisitos necesarios para habilitar la revisión federal. Esa postura también fue acompañada por la querella de ATEN en uno de los expedientes, aunque finalmente el Tribunal Superior resolvió conceder los recursos y enviar la causa a la Corte Suprema.

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