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Neuquén AR

El TSJ confirmó la jubilación por invalidez de una trabajadora municipal pese a la apelación del ISSN

La mujer, empleada del municipio de Plottier, sufrió un ACV en 2019 y había solicitado el beneficio, que le fue negado en primera instancia por la obra social provincial. El máximo tribunal neuquino ratificó que su cuadro es irreversible y que supera el 66% de incapacidad requerido por ley.

El Tribunal Superior de Justicia de Neuquén (TSJ) ratificó este lunes la jubilación por invalidez a una empleada municipal de Plottier de 62 años, desestimando el recurso de apelación presentado por el Instituto de Seguridad Social del Neuquén (ISSN).

La trabajadora se desempeñaba en el área de seguridad municipal desde 2012 y en 2019 sufrió un aneurisma cerebral seguido de un ACV, que le dejó secuelas físicas y psíquicas. Tras solicitar la jubilación por invalidez, el pedido fue rechazado por el ISSN, lo que derivó en un litigio judicial.

En primera instancia, la jueza María Cecilia Gómez determinó que la mujer presentaba un grado de incapacidad superior al 66% exigido por la normativa, basado en peritajes médicos que confirmaron un cuadro irreversible. El ISSN apeló, cuestionando la valoración de la prueba pericial y advirtiendo sobre el “perjuicio grave” que generaría al sistema previsional el reconocimiento del beneficio.

La sala Procesal Administrativa del TSJ, integrada por los vocales Alfredo Elosu Larumbe y María Soledad Gennari, respaldó el fallo original. En su resolución, destacaron que la magistrada “no adoptó pasivamente la opinión del perito”, sino que la contrastó con el baremo legal y con los antecedentes médicos de la causa.

Los informes concluyeron que la trabajadora padece afasia, pérdida de fuerza muscular y déficit intelectual, con un grado de incapacidad estimado en 70%. Además, remarcaron que las secuelas se agravaron con el tiempo y que no existen tratamientos médicos que puedan revertir su situación.

El TSJ también ponderó factores como la edad y el nivel educativo de la empleada, concluyendo que no está en condiciones de retomar tareas, “ni siquiera en puestos adaptados”. De este modo, confirmó la jubilación anticipada por invalidez y sentó un precedente relevante en materia de derechos previsionales frente a la resistencia del ISSN.

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