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El proceso disciplinario abarcó hechos ocurridos entre marzo de 2023 y febrero de 2024. En ese período, el magistrado acumuló 25 causas con plazos vencidos, de las cuales 17 fueron consideradas parte del atraso sistemático y ocho derivaron en pérdida de jurisdicción. Según el Consejo, esta situación constituyó un “quiebre institucional” que superó el mero retraso administrativo.
Durante su defensa, Guerra Labayén admitió los atrasos, pero los justificó en la búsqueda de calidad técnica de sus fallos. El argumento fue rechazado de plano. La resolución remarcó que la celeridad procesal es un derecho fundamental de los justiciables, en especial en causas laborales de carácter alimentario, donde las demoras impactan directamente en las condiciones de vida de los trabajadores.
El Consejo destacó la falta de arrepentimiento y reflexión del magistrado, señalando que incluso en su alegato final insistió en defender su proceder en lugar de reconocer sus falencias. Testimonios de colegas y funcionarios confirmaron la imposibilidad recurrente de que emitiera sus votos en término, pese a las advertencias de la Auditoría Judicial.
La presidenta del STJ, Cecilia Criado, junto a legisladores, jueces y representantes del Colegio de la Abogacía integraron el Consejo que emitió el fallo. La acusación estuvo a cargo del procurador Jorge Crespo, mientras que la defensa fue ejercida por el abogado Fernando Chironi.
La resolución concluyó que Guerra Labayén incurrió en un apartamiento grave e injustificado de sus obligaciones constitucionales y legales, generando una pérdida de confianza en la sociedad y en el servicio de justicia. Por ello, se resolvió su destitución y la inhabilitación por cinco años para ocupar cargos en el Poder Judicial.