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Neuquén AR

Desregulan la identificación de equipajes en micros de larga distancia y las empresas definirán los sistemas de control

 

El Gobierno nacional habilitó un nuevo régimen que elimina etiquetas obligatorias y delega en las empresas la trazabilidad de valijas y encomiendas

El Gobierno nacional aprobó un nuevo esquema regulatorio para el transporte de pasajeros de larga distancia que modifica de manera sustancial la forma en que se identifican los equipajes y las encomiendas. A partir de esta decisión, las empresas del sector podrán elegir libremente los mecanismos para vincular cada valija o bulto con su pasajero propietario, sin imposiciones de formatos físicos definidos por el Estado.

La medida fue oficializada mediante la Resolución 4/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial, y crea el Régimen de Identificación y Trazabilidad de Equipajes y Encomiendas. El objetivo central es avanzar en un proceso de desregulación administrativa, reducir costos operativos y permitir la incorporación de tecnologías propias en los sistemas de control del equipaje transportado en ómnibus interjurisdiccionales.

Hasta ahora, las empresas estaban obligadas a utilizar etiquetas y fajas físicas con características predeterminadas por la normativa vigente. Con el nuevo régimen, ese esquema queda sin efecto y se habilita una mayor flexibilidad, siempre que se garantice la trazabilidad, la seguridad del equipaje y la correcta vinculación con el pasajero.

Un cambio de paradigma en el control del equipaje

Desde la Secretaría de Transporte explicaron que el nuevo sistema no elimina los controles, sino que redefine el modo en que se realizan. Las transportistas podrán optar por herramientas documentales, digitales o tecnológicas que consideren más eficientes, sin la obligación de cumplir con diseños o formatos impuestos por el Estado nacional.

El texto oficial establece que los mecanismos elegidos deben asegurar la identificación inequívoca del equipaje, su inviolabilidad y la posibilidad de realizar un seguimiento ante eventuales reclamos. Además, los sistemas deberán ser compatibles con los utilizados en la región y en los servicios internacionales que conectan con países limítrofes.

La resolución aclara que la responsabilidad sobre la correcta identificación de las valijas recae tanto en la empresa como en el pasajero, quien deberá cumplir con los procedimientos establecidos por la transportista para conservar el derecho a cualquier compensación en caso de pérdida o daño.

Los mecanismos de identificación habilitados

El nuevo régimen enumera distintas alternativas que podrán implementar las empresas de transporte para cumplir con la trazabilidad exigida. Entre las opciones contempladas se incluyen:

  • Código impreso directamente en el pasaje
  • Código QR o electrónico asociado al ticket
  • Registro digital integrado en el sistema de ticketing de la empresa
  • Etiqueta impresa por la propia transportista
  • Cualquier otro mecanismo y/o dispositivo que asegure la trazabilidad entre el pasajero y su bulto

La normativa no limita la incorporación de nuevas tecnologías, siempre que cumplan con los requisitos de seguridad y permitan reconstruir el vínculo entre el equipaje y su propietario. De este modo, se abre la puerta a soluciones digitales más modernas y adaptadas a cada operador.

Desde el Gobierno sostienen que esta flexibilidad permitirá mejorar la eficiencia operativa y reducir costos, sin afectar los derechos de los usuarios ni la fiscalización estatal sobre el servicio.

Obligaciones para las empresas y los pasajeros

A pesar de la desregulación en los formatos, las empresas siguen obligadas a mantener sistemas de conservación y rendición de datos. Esto incluye la entrega de comprobantes de despacho y la posibilidad de reconstruir la información ante reclamos por extravío, rotura o deterioro del equipaje transportado.

En ese sentido, continúan vigentes las indemnizaciones establecidas por la Resolución 47/1995, que regula las compensaciones económicas ante pérdidas o daños. Sin embargo, el nuevo régimen introduce una condición clave: aquel equipaje que no cuente con un dispositivo de identificación válido no podrá ser ingresado a la unidad de transporte.

En estos casos, el pasajero perderá automáticamente el derecho a cualquier tipo de compensación, lo que refuerza la importancia de cumplir con los mecanismos definidos por cada empresa antes de iniciar el viaje.

Fiscalización y rol de la CNRT

Si bien el Estado deja de imponer diseños específicos, la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) continuará siendo el organismo encargado de fiscalizar el cumplimiento del régimen. Su tarea estará enfocada en verificar la efectividad de los sistemas adoptados y no en aspectos formales del instrumento utilizado.

La CNRT evaluará que los mecanismos implementados garanticen trazabilidad real, seguridad y posibilidad de auditoría. De esta manera, el control se traslada del formato físico al resultado del procedimiento, priorizando la funcionalidad por sobre la forma.

Las empresas deberán informar oficialmente a la CNRT y a la Subsecretaría de Transporte Automotor cuáles serán los mecanismos de identificación adoptados, con al menos 30 días de antelación a la entrada en vigencia del nuevo régimen. El incumplimiento de esta obligación podrá derivar en sanciones administrativas.

Marco normativo y plazos de implementación

La desregulación se encuadra en los lineamientos del Decreto 70/2023, que impulsa la eliminación de normas consideradas restrictivas o distorsivas del mercado y promueve la libre iniciativa privada. En ese contexto, el Gobierno consideró innecesario mantener un sistema rígido de identificación de equipajes.

El texto oficial también derogó expresamente el régimen anterior, al sostener que resulta conveniente permitir a los transportistas la libre elección de mecanismos que aseguren la trazabilidad, sin afectar la seguridad ni los derechos de los usuarios.

La medida alcanzará a los servicios públicos de transporte interjurisdiccional, tráfico libre, servicios ejecutivos y turismo nacional e internacional. Entrará en vigencia dentro de 60 días, plazo durante el cual las empresas deberán adecuar sus sistemas y notificar a los organismos de control.

Un cambio que se suma a otras reformas del sector

El nuevo régimen de identificación de equipajes se suma a la reciente creación del Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros, que unificó bajo una misma órbita los servicios urbanos, suburbanos e interjurisdiccionales. Desde el Ejecutivo sostienen que estas medidas apuntan a simplificar la gestión administrativa y modernizar el sistema de transporte.

Para el Gobierno, la combinación de desregulación, fiscalización por resultados y apertura tecnológica permitirá mejorar la calidad del servicio sin incrementar costos para los usuarios. El impacto concreto del cambio comenzará a verse en los próximos meses, cuando las empresas implementen sus propios sistemas de identificación y trazabilidad.

Mientras tanto, el foco estará puesto en la adaptación del sector y en la capacidad de control de los organismos reguladores para garantizar que la flexibilidad normativa no derive en desprotección para los pasajeros.

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