Dólar oficial $1.385 – Dólar Turista 1.800,50 – Dólar blue $1.410 – Dólar MEP $1.412,42 – Contado con Liqui $1.468,05 – Riesgo País 520
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El caso se originó cuando una moto impactó contra un automóvil que ya circulaba por la rotonda, tras no respetar la prioridad de paso. El acompañante sufrió múltiples lesiones en su pierna izquierda y debió ser intervenido quirúrgicamente en dos oportunidades.
Una recuperación larga y dolorosa
El pasajero debió atravesar un extenso proceso de recuperación que incluyó cirugías, sesiones de kinesiología y tratamiento psicológico. Los peritos médicos establecieron un grado de incapacidad física del 47%, aunque el tribunal lo ajustó a 39,6% en función de las pruebas y sus condiciones personales.
El impacto emocional también fue evaluado: la víctima requirió asistencia psicológica debido a la angustia por las secuelas físicas y la incertidumbre sobre su vida laboral y social. La Justicia consideró que los daños eran significativos y ameritaban un resarcimiento integral.
Responsabilidad exclusiva del conductor
El demandado nunca se presentó ante el tribunal ni respondió la demanda, lo que llevó a dar por acreditados los hechos relatados por la víctima. La aseguradora intentó desligarse, argumentando que el pasajero asumió voluntariamente los riesgos, pero la postura fue rechazada de plano.
El tribunal recordó que, en casos de transporte benévolo —sin fines comerciales—, basta con acreditar el hecho, el daño y la relación con el conductor. No es necesario probar la mecánica detallada del accidente ni la intención de quien manejaba.
Indemnización y gastos reconocidos
El fallo incluyó compensaciones por daño físico, daño psíquico y daño moral. Además, reconoció los gastos médicos y de traslado, aun sin comprobantes, considerando que resultan presumibles frente a la magnitud del accidente y el proceso de recuperación que debió afrontar la víctima.
La aseguradora intentó aplicar un límite económico previsto en la póliza, pero el tribunal lo declaró inválido por desactualizado e irrazonable. La cobertura deberá ajustarse a los valores fijados por la Superintendencia de Seguros de la Nación al momento del pago efectivo.
Un antecedente para casos similares
El pasajero había recibido previamente una suma en un expediente laboral, la cual será descontada de la condena final tras su actualización con intereses. La sentencia, dictada en primera instancia, aún puede ser apelada por la aseguradora o el conductor.
El fallo de Cipolletti se suma a una línea jurisprudencial del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro que refuerza la protección de víctimas en accidentes de tránsito, en especial de quienes viajan como acompañantes. El criterio apunta a garantizar reparaciones integrales y actualizadas.