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El Tribunal Oral Federal de Roca dio a conocer los fundamentos de la nueva sentencia dictada contra los cinco efectivos del grupo Albatros de Prefectura condenados por la muerte del joven mapuche Rafael Nahuel.
En su resolución, el tribunal ratificó las mismas penas que había impuesto en diciembre de 2024, pese a que la Cámara Federal de Casación Penal había anulado parcialmente aquel fallo y ordenado revisar el monto de las sanciones.
La audiencia para redeterminar las penas se realizó el 4 de febrero. Las querellas —entre ellas la APDH y los padres de la víctima— pidieron que se elevaran las condenas. El fiscal general Rafael Vehils Ruiz solicitó cinco años de prisión y ocho de inhabilitación. Las defensas, en cambio, reclamaron la absolución o penas de ejecución condicional.
El tribunal, integrado por Alejandro Silva, Simón Bracco y Pablo Díaz Lacava, resolvió por unanimidad mantener las penas originales.
Sergio Guillermo Cavia fue condenado a cinco años de prisión y ocho años de inhabilitación especial como autor del homicidio agravado por el uso de arma de fuego, cometido con exceso en la legítima defensa.
Sus compañeros Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Carlos Valentín Sosa y Sergio Damián García recibieron cuatro años y seis meses de prisión y siete años de inhabilitación como partícipes necesarios.
En los fundamentos, el juez Silva explicó que, si bien la Cámara de Casación había cuestionado la insuficiencia del análisis sobre atenuantes, una nueva revisión no modificaba la dosimetría aplicada. El tribunal volvió a considerar la falta de antecedentes penales y la buena conducta procesal de los imputados, pero sostuvo que esos factores no justificaban reducir las penas.
El fallo enfatizó que los efectivos actuaron “rebasando el límite de la necesidad” y sin adoptar recaudos para minimizar daños. Según se recordó, utilizaron un subfusil MP5 y pistolas reglamentarias de alto calibre y efectuaron numerosos disparos en una zona boscosa, en pendiente y con escasa visibilidad.
Para los jueces, el accionar estuvo lejos de la conducta profesional exigible a un grupo de elite de una fuerza federal. En la sentencia se subrayó que dispararon sin certeza del punto de impacto, en un contexto de nerviosismo y confusión que no justificaba la magnitud de la respuesta armada.
El tribunal consideró probado que se realizaron alrededor de 150 disparos durante el operativo.
Rafael Nahuel murió el 25 de noviembre de 2017 en un operativo realizado en Villa Mascardi, a unos 35 kilómetros de Bariloche, en el marco del conflicto con la comunidad mapuche Lafken Winkul Mapu. Dos días antes se había concretado el desalojo de predios ocupados, por orden judicial.
El joven recibió un disparo por la espalda con un proyectil calibre 9 milímetros que, según la pericia oficial, salió del arma de Cavia. Tenía 22 años. Otras dos personas resultaron heridas.
Tras el hecho, la zona fue escenario de años de tensión y episodios de violencia vinculados a la ocupación de tierras. La nueva sentencia del tribunal federal no está firme y todo indica que será nuevamente impugnada. Los cinco condenados continúan en libertad bajo medidas cautelares.
(Foto de Archivo)