2 de mayo de 2024
Neuquén AR

A horas de que prescribiera y luego de un fallo clave, pidieron elevar a juicio oral otra causa contra De Vido

El fiscal Carlos Rívolo presentó la elevación a juicio para el ex ministro y otros ex funcionarios y empresarios por sobreprecios en la compra de material audiovisual. El pedido fue realizado minutos después de que la Cámara Federal revirtiera el sobreseimiento.

Contrarreloj, el fiscal Carlos Rívolo pidió mandar a juicio al exministro de Planificación Julio De Vido, en el marco de una causa que perjudicó a la administración pública por sobreprecios en la compra equipos tecnológicos para producir contenidos audiovisuales digitales tras convenios firmados con la Universidad Nacional de San Martín. Hasta la mañana del ayer, jueves, De Vido estaba sobreseído en la causa, pero un rato después, por dos votos a uno, la Cámara Federal lo procesó y la fiscalía pidió de inmediato mandarlo a juicio. ¿La corrida? La causa estaba a punto de prescribir y el pedido de elevación a juicio interrumpe esos plazos.

El pedido de elevación a juicio no solo fue para De Vido sino para los otros imputados que habían sido procesados por el juez Julián Ercolini a inicios de marzo: Carlos Ruta, exrector de la UNSAM, el ex secretario del Consejo Asesor Luis Alberto Vitullo; el arquitecto Raúl Eugenio Pieroni, director de obra por la Unsam, y Carlos Maximiliano Schwerdtfeger, exsecretario general de la universidad. A todos ellos se los señaló como coautores del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. El procesamiento también alcanzó a Horacio Hernán Pérez y Martín Diego Ramírez de la firma Urban Baires, que hizo la obra civil, y a Domingo Alfredo Simonetta, de la empresa Sistemas de Video Comunicación. A ellos se los señaló como partícipes necesarios.

El expediente analiza a el perjuicio al Estado a raíz del ‘Convenio de cooperación para la implementación del Laboratorio de Investigaciones y Desarrollo de Tecnologías y Contenidos Audiovisuales Digitales’ suscripto entre el entonces Ministro Julio De Vido, titular del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios y el entonces rector de la UNSAM Carlos Ruta -Universidad Nacional de San Martín- “. El objetivo era la creación del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre (SATVD-T)”. En la causa se señala un perjuicio económico. “El valor total de lo aprobado y contratado fue la suma de $ 330.369.253,06, mientras que su valor de mercado era $ 211.457.163,19, lo cual determina que la diferencia total en demasía o sobreprecio fue de $ 118.912.089,87 o sea, un 56,23 por ciento”, se afirmó. Un informe de la SIGEN ratificó la existencia de diversas irregularidades, inconsistencias y violaciones normativas en todo lo actuado por el MINPLAN y la UNSAM”.

Julio De Vido, esta semana, al comenzar a ser juzgado en la causa Skanska (Adrián Escandar)Julio De Vido, esta semana, al comenzar a ser juzgado en la causa Skanska (Adrián Escandar)

La causa se abrió en 2016 y recayó en el entonces juez Claudio Bonadio, que dos años después llamó a indagatorias, tal como lo reflejó por entonces Infobae. A la espera de medidas de prueba, las situaciones procesales no se resolvieron enseguida. Bonadio falleció poco después y el juzgado fue subrogado primero por el magistrado Marcelo Martínez De Giorgi y luego por su colega Ercolini. Pero los tiempos judiciales corrían. El 8 de marzo, Ercolini resolvió los procesamientos de la mayoría y el sobreseimiento de De Vido y el fiscal Rívolo apeló.

Ayer, también sabiendo los plazos de prescripción de la causa, la Cámara se pronunció: los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah evaluaron las pruebas y decidieron procesar también al ex ministro de Planificación. “La prueba colectada permite aseverar la intervención material de De Vido en cada uno de los tramos de la maniobra”, sostuvo el fallo. El juez Roberto Boico, en tanto, votó por confirmar su sobreseimiento y abrir el incidente sobre el vencimiento de los plazos razonables, que reclamó la defensa

Apenas notificados de la resolución de la Cámara Federal, la fiscalía de Rívolo apuró los tiempos en el pedido de elevación a juicio sobre el que ya estaba trabajando, precisamente, porque miraba el reloj de la causa. Aunque después se pudiera discutir, lo cierto es que la causa podía quedar prescripta a las 0 de este viernes. Por eso, la fiscalía presentó un escrito, al que accedió Infobae, pidiendo que el caso fuera a juicio.

“La solicitud de elevar a juicio la presente causa encuentra apoyo en todo el cuadro probatorio reseñado precedentemente, que revela que la comisión del hecho ilícito que se atribuye a los aquí procesados se encuentra acreditado, lo que merece su discusión en un debate pleno y contradictorio en la instancia que se pretende habilitar”, se sostuvo en el dictamen entregado a Ercolini.

La acusación sostiene que “en el marco de los acuerdos celebrados entre el MINPLAN y la UNSAM, los funcionarios públicos que intervinieron teniendo a su cargo la administración de dineros públicos violaron los intereses confiados con la colaboración de los particulares que actuaron, causando un perjuicio al patrimonio estatal”. Y añadió: “hay elementos que concretamente apuntan a la existencia de millonarios sobreprecios en las obras contratadas por la UNSAM con dinero del MINPLAN, en el pago de prestaciones que no se cumplieron y en diversas irregularidades que rodearon los actos cumplidos”.

“Así, los funcionarios, que debían velar por la correcta aplicación de los fondos previstos en el convenio para concretar el fin público perseguido, quienes tenían a su cargo la administración y manejo de los fondos públicos asignados al proyecto, violando sus deberes, produjeron un cuantioso daño patrimonial a las arcas del Estado, llevando a cabo una cadena de actos ilegales al no observar la normativa de obligada aplicación, y suscribiéndose incluso tres adendas al convenio original, que progresivamente fueron erosionando los fondos confiados, culminando ese dispendio en la definitiva frustración material del proyecto”, afirmó Rívolo.

Además, la fiscalía sostuvo que “el perjuicio fiscal se materializó por la omisión de cumplimiento de las normas de contratación y procedimiento en el marco de la obra pública; sobreprecios en obra civil, material adquirido y adelantos de partidas dinerarias a los contratistas sin la correspondiente y previa certificación de la obra realizada, en beneficio de los contratistas que debían llevar a cabo la obra civil y también proveer elementos“.

“Julio de Vido, en su calidad de ministro, tuvo desde el inicio en el proyecto de televisión digital terrestre y su posición jerárquica siendo la máxima autoridad del ministerio a cargo de la implementación de éste, le dio el pleno dominio y conocimiento de los hechos. A través de sus intervenciones, autorizó no solo el convenio de Cooperación para la implementación del laboratorio de investigación y desarrollo de tecnologías y contenido audiovisuales, sino que además autorizó cada una de sus adendas a través de las cuales se incrementó exponencialmente el presupuesto establecido originalmente para este proyecto. Tenía a su cargo la administración y manejo de los fondos públicos, con lo que contribuyó a producir un daño patrimonial a las arcas del estado, ya que debió haber velado en su calidad de ministro por el efectivo cumplimiento del proyecto, más allá de la delegación de ciertas atribuciones en el secretario ejecutivo del consejo asesor”, se aseguró.

En su descargo, De Vido afirmó que no participó de ningún delito y que, en su gestión como ministro, firmó infinidad de convenios y proyectos a fin de desarrollar “una política estatal de inversión a gran escala a fin de pasar en la Argentina de un sistema analógico a uno digital, desarrollando un sistema de producción y difusión de contenidos culturales a nivel nacional de gratuita distribución: el sistema de Televisión Digital Argentina”. Se descuenta que su defensa se opondrá en las próximas horas al fallo que lo procesó y a mandar el caso a juicio.

Fuente Infobae (Por Patricia Blanco) (Foto Julio De Vido /foto Adrian Escandar)

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