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La Unión Europea aprobó una profunda actualización de la normativa que regula los derechos de los pasajeros aéreos. La reforma, avalada por el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE, introduce nuevas obligaciones para las aerolíneas y busca brindar mayor transparencia y protección a quienes viajan en avión.
Aunque la iniciativa ya recibió la aprobación definitiva, las nuevas disposiciones no entrarán en vigor de manera inmediata. Su aplicación está prevista para 2027, una vez cumplidos los plazos establecidos tras la publicación oficial del reglamento.
Uno de los puntos que más expectativa generó es el relacionado con el equipaje de cabina. Sin embargo, la nueva normativa no obliga a las compañías aéreas a transportar gratuitamente una valija tipo trolley en los compartimentos superiores.
Lo que sí queda garantizado es el derecho a llevar sin costo un objeto personal, como una mochila pequeña o bolso, que pueda colocarse debajo del asiento delantero. El tamaño máximo permitido será de 40 centímetros de largo, 30 de ancho y 15 de profundidad.
Las aerolíneas podrán seguir cobrando por equipajes más grandes, aunque estarán obligadas a informar con claridad qué incluye cada tarifa y cuáles son los costos adicionales.
La reforma incorpora una medida destinada a facilitar los viajes familiares. Las compañías deberán garantizar que los menores de 14 años puedan sentarse junto a sus acompañantes sin necesidad de pagar un cargo extra por selección de asiento.
La decisión apunta a eliminar una práctica habitual en muchas aerolíneas de bajo costo, que cobraban suplementos para asegurar que padres e hijos viajaran juntos.
Además, se refuerzan las garantías para pasajeros con discapacidad, movilidad reducida, mujeres embarazadas y menores que viajan solos.
Las nuevas reglas mantienen el esquema actual de indemnizaciones por retrasos y cancelaciones, que contempla compensaciones de 250, 400 o 600 euros según la distancia del vuelo y las circunstancias del incidente.
También se conserva el criterio de que un retraso superior a tres horas puede dar lugar a una compensación económica.
Entre las novedades se establece un plazo de nueve meses para que los pasajeros presenten reclamos y se obliga a las compañías a responder dentro de tiempos determinados, ya sea aceptando la solicitud o explicando los motivos de un eventual rechazo.
Otro de los cambios relevantes afecta al denominado “no-show”, una práctica por la cual algunas aerolíneas cancelaban automáticamente el vuelo de regreso cuando el pasajero no utilizaba el tramo de ida.
Con la nueva regulación, las compañías no podrán impedir el embarque en el vuelo de vuelta únicamente porque el pasajero no haya tomado el primer trayecto del itinerario.
La medida busca proteger a quienes, por motivos personales, laborales o de fuerza mayor, pierden el vuelo inicial pero necesitan utilizar el pasaje de regreso.
El reglamento entrará formalmente en vigor 20 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Sin embargo, la aplicación efectiva de las nuevas disposiciones se producirá 12 meses y 20 días más tarde.
Por ese motivo, las modificaciones comenzarán a implementarse recién durante 2027, una vez completado el período de adaptación para las aerolíneas y los organismos de control.
La reforma actualiza un marco normativo que tenía como base el Reglamento 261/2004 y que durante años generó controversias judiciales y reclamos de consumidores en distintos países europeos. Con estas nuevas reglas, la UE busca unificar criterios, reducir conflictos y otorgar mayor previsibilidad a millones de pasajeros que utilizan el transporte aéreo cada año.